El feminicidio: entre los datos y la indignación social

En Perú, aumenta la indignación hacia la violencia más cruel pero persiste la indiferencia hacia el acoso, la violencia psicológica, física y económica

Tras años de incidencia y acciones para visibilizar el feminicidio como la expresión más cruel de la violencia contra las mujeres, podemos decir que se han dado importantes avances a nivel de políticas, así como se ha incrementado el rechazo ciudadano a esta forma de violencia. No obstante, esto no se ha traducido en una disminución de los casos.

En relación a los avances para enfrentar el feminicidio, señalamos los siguientes: (1) La creación de registros oficiales de casos, (2) La tipificación del feminicidio, (3) El Protocolo Interinstitucional de acción frente al feminicidio, tentativa de feminicidio y violencia de pareja de alto riesgo,  (4) La aprobación de la Ley contra la violencia hacia las mujeres y los integrantes del grupo familiar (Ley 30364), con la ficha de valoración del riesgo para prevenir el feminicidio y (5) La aprobación del Decreto Legislativo 1323 que incluye agravantes en las penas.

Registros de casos de feminicidios

La recolección, registro y análisis de los casos de feminicidio fue iniciada por las organizaciones feministas [1]. Posteriormente en el año 2009 el Ministerio Público (MP) [2] determinó que en el marco del Observatorio de la Criminalidad se realizaría el Registro de feminicidios y tentativas de este crimen. Actualmente esta instancia sigue recogiendo información obtenida a través del consolidado de datos que remiten los fiscales de familia, penales y mixtos del país.

Este registro es de acceso público y brinda información en función a variables como: edad de la víctima y agresor, relación entre ambos, características del hecho y lugar de ocurrencia [3].

El mismo año, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) [4], inicia el Registro de víctimas de feminicidio y tentativas, a cargo del Programa Nacional contra la Violencia familiar y Sexual. Este registro –  también de acceso público- se construye en base a la información vertida por los medios de comunicación [5], así como mediante el registro de los casos que llegan a los servicios de atención que tiene a su cargo este sector (Centros de Emergencia Mujer).

Los datos que brinda el MIMP son actualizados cada dos meses. De acuerdo a esta base de datos entre el 2009 y mayo 2017 se reportaron 927 feminicidios y 1165 tentativas, haciendo un promedio anual de 115 casos.   

Las variables que maneja el MIMP son bastante completas [6], pues además de las ya contempladas por el MP, incluye un perfil más amplio de la agraviada, área de ocurrencia de los hechos [7] e información sobre denuncias previas interpuestas por la víctima.  Según este registro, el 45% de mujeres denunció hechos de agresión antes de sufrir un atentado contra su vida.

Algunas recomendaciones para mejorar estos registros:

  • Unificar registros, tomando en cuenta las variables y capacidad de actualización e impacto que tiene la base de datos del MIMP, generando un Observatorio conjunto [8]
  • Ampliar la información sobre los feminicidios no íntimos
  • Recabar información sobre: la situación de las mujeres indígenas amazónicas, afrodescendientes y mujeres con discapacidad
  • Incluir la variable: orientación sexual e identidad de género
  • Brindar datos que contribuyan a establecer el vínculo entre desapariciones y feminicidios
  • Información sobre la situación legal de los agresores, las sentencias y aplicación de los agravantes, con la finalidad de conocer la implementación de ley de feminicidio y posteriores normas aprobadas
  • Informar sobre la situación de los hijos/as en estado de orfandad a consecuencia de la agresión (tenencia)
  • Incluir información sobre suicidios de mujeres víctimas de violencia de género y de embarazos forzados producto de la violencia sexual. Ampliar la investigación y conceptualización de la violencia feminicida, como una forma de violencia machista que orilla a las mujeres a la muerte

Más allá de los datos, la indignación social  

En el último quinquenio el movimiento feminista ha atravesado por una importante diversificación en el país. Su expresión actual si bien está en las organizaciones feministas [9] y la academia, también en la creciente fuerza transformadora de diversos colectivos, agrupaciones, iniciativas locales, regionales, así como en los activismos individuales.

La masificación de la comunicación y el uso de las redes sociales, son factores que han sumado y definido mayor intercambio y por lo tanto mejores posibilidades de coordinación para hacer frente a la violencia contra las mujeres a nivel nacional y en conexión con lo global.

La Marcha Ni Una Menos - Perú,  del 2016 no sólo fue un hito en la historia de las movilizaciones en contra de la violencia machista, sino que además contribuyó enormemente a generar cambios concretos en la población que acudió masivamente a las calles en defensa del derecho a vivir sin violencia. Esta marcha también generó un importante impacto en el Estado, lo que se tradujo en la aprobación de disposiciones y normas para mejorar la sanción y atención a las víctimas. No obstante, las acciones desplegadas y los presupuestos son aún insuficientes, prevalece la impunidad y no se le da la importancia requerida al ámbito de la prevención.

Cabe destacar que a la par que los derechos de las mujeres se han hecho más visibles y las diferentes expresiones del movimiento feminista han ganado mayor espacio en el debate público, las resistencias fundamentalistas y conservadoras ha fortalecido sus estrategias, acrecentándose la difusión de mensajes de odio y en contra de la igualdad.

A pesar de registrarse una disminución a la tolerancia de la violencia y mayor indignación social, esta se centra en rechazar sólo los casos más crueles de violencia contra las mujeres, como el feminicidio y la violación sexual en niñas. No obstante, prevalece la indiferencia frente a otras formas de agresión como el acoso, la violencia psicológica, física y económica, así como la violencia sexual en adultas, la lesbofobia, la transfobia y la negación a los derechos reproductivos.

Podemos concluir que: por un lado, la creación de registros de feminicidios en el Estado se ha dado gracias a la incidencia de las organizaciones feministas y que ello ha significado un punto fundamental en el avance hacia otras políticas para prevenir, sancionar y atender la violencia contra las mujeres.

De otro lado, la visibilización de los casos, la data y su fuerza argumentativa, de la mano de un movimiento feminista con diversas expresiones, potente, globalizado y en redes sociales; ha contribuido a generar mayor indignación ciudadana. No obstante, es necesario seguir trabajando para enfrentar las resistencias conservadoras y lograr que esta indignación y rechazo no sólo este dirigida a los casos más crueles de violencia, sino a toda la situación de exclusión que viven las mujeres, pues el feminicidio es el último escalón de una cadena de discriminaciones.

La criminalización del aborto y suicidios, una expresión de la violencia feminicida

Cuando se habla de feminicidios, se suele olvidar que tras este crimen subyacen lógicas de control sobre el cuerpo y las decisiones de las mujeres. La violencia se constituye así en un mecanismo de opresión y sometimiento, en contextos en donde lo que se encuentra en disputa son las libertades fundamentales de las mujeres.

Por ello, no es errado afirmar que en tanto no se garanticen los derechos sexuales y reproductivos, la violencia feminicida será una realidad a la que nos enfrentaremos cotidianamente. En la lucha por el ejercicio de estos derechos se encuentran las mayores resistencias y ello responde a que estos buscan garantizar libertades, afectando ello el núcleo del poder patriarcal.   

Un ejemplo de cómo la falta de acceso a los derechos reproductivos expone a las mujeres a la muerte, es la criminalización del aborto. En el Perú actualmente sólo se encuentra despenalizado el  aborto terapéutico [10], es decir, incluso si las mujeres son víctimas de una violación sexual no cuentan con las garantías necesarias para interrumpir voluntariamente un embarazo producto de un crimen tan atroz.   

Esta situación es sumamente preocupante en un país que lidera las estadísticas de la región en materia de violencia sexual. Las principales víctimas (75%) de estos crímenes son niñas y adolescentes. Según Save the Children, en el 2016 el 60% de embarazos de adolescentes entre 12 a 16 años fue a consecuencia de una violación sexual. Así mismo, según el Seguro Integral de Salud, en los últimos seis años 11 781 niñas y adolescentes entre 9 a 14 años procrearon hijos/as producto de una violación.

Según la Defensoría del Pueblo, el 13.6% de niñas entre 15 y 18 años quedaron embarazadas. Si bien estas cifras corresponden a los embarazos adolescentes en general, la falta de denuncia, la magnitud de la violencia, así como la experiencia nos llevan a concluir que tras estas estadísticas se esconden también casos de abuso que quedan invisibilizados y por lo tanto en la impunidad.

Así mismo, un estudio realizado por Planned Parenthood Global en el año 2015, concluyó que entre el 7% y el 14% de adolescentes informaron haber contemplado el suicidio durante el embarazo.   Según datos de la Dirección General de Epidemiologia del Ministerio de Salud (MINSA),  la principal causa de muerte materna indirecta en adolescentes sigue siendo el suicidio (56%) con tendencia a incrementarse [11].

Uno de los casos más emblemáticos en el Perú, es el caso de LC  . Adolescente violentada sexualmente que ante la desesperación de un embarazo producto de una violación sexual intentó suicidarse lanzándose del techo de su vivienda.

La criminalización del aborto, más aún en casos de violación sexual, expone a las mujeres a embarazos y maternidades forzadas. Esta situación genera – sobre todo en niñas y adolescentes – gran angustia, depresión, frustración e impotencia y puede llevar a que estas tomen decisiones desesperadas como el suicidio.

Si analizamos de forma amplia todas las situaciones que exponen a las mujeres a la muerte, debemos contemplar que el suicidio, provocado por cuadros depresivos y de angustia luego de episodios de violencia de género o ante la frustración que genera un embarazo forzado; es violencia feminicida.

Es decir, la falta de garantías para el ejercicio de los derechos reproductivos de las mujeres, es una forma de discriminación directa y las expone a la muerte, por lo tanto, promover estos derechos debe ser parte de la lucha integral contra la violencia feminicida.

Propuestas feministas para despenalizar el aborto por causales

En los últimos años, desde las organizaciones y activismos feministas se ha levantado la demanda de despenalización del aborto por causal violación sexual. Con la Campaña Déjala Decidir, entre el 2013 y 2016, que promovió una iniciativa ciudadana para garantizar que las mujeres pudieran decidir si continuar o no con un embarazo producto de una violación. Lamentablemente esta iniciativa fue archivada en el Congreso.  

Luego de las elecciones generales del 2016 y en un nuevo Congreso, las organizaciones feministas  presentaron una nueva propuesta de ley , la cual vuelve a demandar la despenalización del aborto por violación sexual y  a diferencia de la anterior propuesta normativa incorpora la causal “malformaciones incompatibles con la vida”, demandando al Estado que garantice el derecho a decidir de las mujeres e implemente servicios para una adecuada atención.

Esta propuesta fue apoyada por representantes de diversas bancadas del Congreso actual y liderada en su presentación por las congresistas Indira Huilca, Marisa Glave y Tania Pariona. El debate del proyecto legislativo se encuentra pendiente y encontrará fuertes resistencias dado que el Congreso es mayoritariamente conservador y renuente a las políticas de género.

Desde las organizaciones feministas se espera que la discusión pueda darse en los próximos meses y con ello potenciar el debate e incrementar el apoyo ciudadano al derecho a decidir y la igualdad real.

Finalmente, en tanto los derechos reproductivos de las mujeres, incluyendo el derecho a decidir sobre sus vidas, su cuerpos y reproducción no esté garantizado, no se erosionarán las bases de la discriminación y la violencia feminicida, entendida como todas aquellas formas de violencia y exclusión que exponen a las mujeres a la muerte, continuará siendo una realidad dolorosa.

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[1] Específicamente en el 2003 por el Centro de la Mujer Peruana Flora Tristán y Demus, quienes en base a información de los diarios generaron la primera base de datos, la cual fue compartida con las instituciones estatales y fue una herramienta clave para la incidencia. Se demostró con datos cuantitativos y cualitativos las consecuencias mortales de la prevalencia de la violencia y las características de los crímenes contra mujeres por razones de género

[2] El Observatorio de la Criminalidad, tiene bajo su responsabilidad el Registro de Feminicidio y Tentativa de feminicidio en virtud de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 216-2009-MP-FN. Luego, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1690-2009-MP-FN, se aprueba la Directiva Nº 006-2009-MP-FN, que establece ampliar el Registro de Feminicidio a los casos en los cuales el agresor no tenía una relación de pareja o familiar con la víctima (feminicidio no íntimo) así como los casos de tentativa de feminicidio

[3] La última información disponible nos brinda datos hasta el 2015, según los cuales entre el 2009 – 2015 se registraron 299 casos de feminicidios

[4] Al amparo de la Resolución Ministerial Nº 110-2009 MIMDES expedida el 6 de marzo de 2009

[5] Esta información es validada con las autoridades, tanto con la Policía Nacional como con el Ministerio Público, con la finalidad de confirmar su veracidad

[6] Se puede acceder al registro mediante el siguiente enlace: http://www.mimp.gob.pe/contigo/contenidos/pncontigo-articulos.php?codig…

[7] Distinguida por área urbana, rural y urbano –marginal

[8] Aunque a la fecha, en un esfuerzo por simplificar el acceso y la lectura conjunta, el MIMP ha empezado a visibilizar en su reporte los datos emitidos por el Ministerio Público

[9] Existe un acumulado histórico, décadas de luchas y visibilización de los derechos de las mujeres de parte de las organizaciones feministas en el país

[10] Interrupción voluntaria del embarazado cuando este representa el único medio para salvar la vida de la mujer gestante o evitar un grave daño o permanente en su salud, legal desde 1924

[11] Dato recogido de: La despenalización del aborto en casos de violación sexual: argumentos para su realización. Promsex, 2016

[12] LC, niña víctima de violaciones sexuales, quién a los 13 años quedó embarazada de su agresor e intentó suicidarse arrojándose del techo de una construcción.  Tras haber atentado contra su vida, quedó con el riesgo de sufrir una parálisis permanente, por lo que debió ser operada, sin embargo, este derecho (contemplado en el ordenamiento legal peruano desde 1924) le fue negado por las autoridades de salud.  Al no ser operada a tiempo, LC quedó con una parálisis permanente en cerca del 90% de su cuerpo. Actualmente depende de terceros para sus necesidades básicas. En el año 2011 el Comité CEDAW encontró al Estado Peruano responsable de haber vulnerado el derecho a la no discriminación, a la igualdad, a una buena atención médica, a la protección jurídica, al pleno desarrollo, al derecho a la salud, y a vivir libre de estereotipos de género. Además, el Comité señaló que el Estado incumplió con la Recomendación 24, relacionada con el derecho a la salud, al ejercer discriminación contra LC y negarle sus derechos reproductivos

[13] Centro de la Mujer Peruana Flora Tristán, Movimiento Manuela Ramos, Promsex, Demus, Católicas por el derecho a decidir y Cladem

[14] Ley que despenaliza el aborto en casos de embarazos a consecuencia de una violación sexual, inseminación artificial o transferencia de óvulos no consentida y malformaciones incompatibles con la vida extrauterina